RETIRO DE ALIMENTOS POR ANMAT

miércoles, 8 abril 2020

La Dirección de Bromatología informa que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), informa a la población, según Disposición 1386/2020, la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de internet del producto rotulado como “Alfajor de chocolate negro relleno de crema de avellanas” que consigna en su rótulo el símbolo de alimento libre de gluten “sin TACC”, “Alfajor de chocolate negro relleno de mousse de chocolate” que consigna en su rótulo el símbolo de alimento libre de gluten “sin TACC” ambos marca Piache RNPA N° Expte N° 2019-10438548 para Piache, Riobamba 290, Don Torcuato, Buenos Aires y de las distintas variedades del producto que en su rótulo luzca marca Piache, RNE Nº 02-034.451 para Piache, Riobamba 290, Don Torcuato, Buenos Aires. El producto en cuestión infringe el Código Alimentario Argentino, por estar falsamente rotulado y por no consignar en su rótulo la declaración de alérgenos, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

De la misma manera, la Anmat, según Disposición 1413/2020, prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Crema Helada sabor frutilla, vainilla y de chocolate, Postre Helado tricolor Marca Great Value lote: QLT1 L 09/10/2021 M 09:46:52”, por estar contaminado al detectarse presencia de Listeria monocytógenes, resultando ser en consecuencia ilegal.

 Por último, según Disposición 1842/2020, la Administración prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Miel pura de abejas, marca El Paso de la Reina, Peso Neto 500g, Producido y Fraccionado por Matana, Nequén S/N, Bº La Virginia, Monterrico, Jujuy, RENAPA 0007, Res SAGPYA Nº 283/01”, por carecer de registros de producto (RNPA) y establecimiento (RNE), por estar falsamente rotulado resultando ser en consecuencia ilegal.

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