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REANUDAN ACTIVIDADES RELIGIOSAS, ARTÍSTICAS Y CULTURALES

Dirección de Comunicación y Medios por Dirección de Comunicación y Medios
12 agosto 2020
en Cultura, Novedades
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A partir del día de hoy, por Decreto Nº 1555 dispuesto por el intendente municipal Alberto Gelené, se reanudan las siguientes actividades artísticas y culturales consignadas en la Resolución Provincial 1792/2020: Producción y/o grabación de contenido para transmisión y/o reproducción a través de medios digitales y/o plataformas web –streaming; Ensayo de obras musicales, teatrales, etc; Asistencia a espacios culturales/ateliers de parte de sus artistas.

Las mencionadas actividades deberán desarrollarse sin público y respetando el Protocolo de Higiene y Seguridad (Covid-19) en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio y cumplir con las siguientes medidas: el número de personas, de manera simultánea, que participen en cada actividad no podrá superar las diez personas (10); deberán mantener entre ellas una distancia mínima de 2 metros y utilizar siempre tapabocas-nariz-mentón. NO PODRÁN PARTICIPAR LAS PERSONAS QUE: a) tengan residencia fuera del Partido; b) tengan Covid-19; c) hubieran tenido Covid-19 y no cuenten con el resultado negativo a la prueba P.C.R o certificado médico de alta; d) tengan algunos de los síntomas compatibles con Covid-19; e) sean contacto estrecho de una persona que hubiera tenido Covid-19 en los últimos 14 días; f) estén transitando el período de aislamiento total preventivo y obligatorio de 14 días; g) residan en domicilios con personas realizando el aislamiento; residan en domicilios con personas que resulten de riesgo por viajar a zonas con transmisión comunitaria del virus.

De la misma manera, por Decreto Nº 1556, se dispone para las actividades religiosas, además del estricto cumplimiento del protocolo de Seguridad e Higiene Covid-19, las siguientes medidas adicionales: la cantidad de asistentes al templo o lugar de culto no podrá superar el equivalente a un tercio (1/3) del factor ocupacional, con una cantidad máxima de diez (10) personas en forma simultánea; se deberá disponer -en cuanto sea posible- de una puerta de ingreso y otra de egreso para evitar el entrecruzamiento para evitar el entrecruzamiento de las personas.

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El partido de Las Flores se encuentra ubicado en el centro-este de la Provincia de Buenos Aires.

El mismo fue creado el 25 de diciembre de 1839 por decreto del Gobernador de Buenos Aires, Don Juan Manuel de Rosas y su ciudad cabecera fue creada el 25 de marzo de 1856 por Don Manuel Venancio Paz con el nombre de El Carmen de Las Flores.

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