La ANMAT prohibió un aceite de oliva, una marca de endulzante y unos palitos salados

viernes, 4 marzo 2022

La Dirección de Bromatología informa a la población que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), según:

Disposición 1583/2022: Prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de oliva marca 50 Olivos, RNE 0241053, RNPA 02342205, Elaborado por Agroliva, Libertad 1684, San Martín, Mza”, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir un RNE perteneciente a otra Razón Social y un RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Disposición 1584/2022: Prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Palitos salados marca Verónica Snacks, peso neto 1000 gr, sabores: Clásico, Jamón, Queso, Elaborado por: R.N.E: 040036624, Envasado por: Verónica Snacks, Luca, Córdoba, R.N.E: 04004883, R.N.P.A: 04035072”, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y consignar en su rótulo información perteneciente a otra razón social y producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales.

Disposición 1636/2022: Prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea los productos: “Stevia, Endulzante Natural, Grupo Eco, Endulzando La Vida, Presentación granulado” y “Stevia, Endulzando la vida, presentación en polvo” ambos Procesados y distribuidos por Naturaleza Boliviana, Reg. Sanitario 028043, Caranavi, Bolivia, por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales.

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