La ANMAT prohibió un aceite de girasol y una miel

lunes, 25 octubre 2021

La Dirección de Bromatología informa a la población que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), según:

– Disposición 7846/2021: Prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de girasol, marca Bonanza, RNPA N° 02-504972, Elaborado por RNE N° 02-032427” por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE que se encuentra vencido y de RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser un producto en consecuencia ilegal.

– Disposición 7847/2021: Prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica del producto: “Miel 100% Orgánica – Sin Agrotóxico, marca Estancia Renata, RNPA N° 14007069 – RNE N° 14000245, Procedencia Lincoln – Pcia. de Buenos Aires” y de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 14000245 y RNPA 14007069, por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulados al consignar en sus rótulos un RNE y un RNPA inexistentes resultando ser productos en consecuencia ilegal.

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