La Dirección de Bromatología informa que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), según Disposición 4011/2021 publicada en el Boletín oficial, prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de oliva, marca “Monte Olivo”, Salud & Buen Gusto, Origen: San Rafael, Mendoza, R.N.E. 3314257, R.P.N.A. 13624389, Primera Prensada en frío Extra Virgen”, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Además, prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE Nº 3314257 y RNPA N° 13624389, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un número de RNE y RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia ilegales.