La Dirección de Bromatología informa que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), según Disposición 1921/2021, prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional, a fin de proteger la salud de la población y en especial a la comunidad celíaca y a la población susceptible al huevo, los siguientes productos:
- “Pasta seca de harina de arveja” Libre de Gluten. Sin TACC, marca Legume, nombre de fantasía: Pasta arveja fusilli, RNPA N° 04-064364, L 201116 – vto. 11/2021, elaborado por Nutrabio SRL – RNE N° 04-004584, en cuyo rótulo no se incluye la frase de advertencia PUEDE CONTENER HUEVO o DERIVADOS DE HUEVO.
- “Pasta porotos negros fusilli”, RNPA N° 04-070373, L 200720 – Vto. 07/2021, elaborado por Nutrabio SRL – RNE N° 04-004584, “Pasta seca de harina de lenteja”, Libre de Gluten. Sin TACC, nombre de fantasía: Pasta lenteja, marca TAEQ, RNPA N° 04-070240, titular Libertad SA, elaborador Nutrabio S.R.L y “Pasta seca de harina de lenteja”, Libre de Gluten. Sin TACC, nombre de fantasía: Pasta lenteja fusilli, Marca Legume, RNPA N° 04-064369, titular y elaborador Nutrabio S.R.L, lotes elaborados desde el 1/09/2020 al 27/11/2020, con vencimientos septiembre, octubre y noviembre de 2021, por detectarse gluten en su análisis.