EXIMICIÓN DE LA CUOTA 6 DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA DETERMINADAS ACTIVIDADES

viernes, 27 noviembre 2020

Mediante Decreto Nº 2360, la lista de actividades mencionadas incluidas en la Ordenanza Nº 3240 y descritas a continuación, quedan eximidas de la cuota 6 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por haber sufrido en mayor medida los efectos del aislamiento/distanciamiento preventivo, social y obligatorio. De la misma manera, remarcar que dichas actividades resultaron exentas desde la cuota 2 a la 6 de este año.

Listado de actividades beneficiadas:

492130 Transporte escolar.

551022 Servicios alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora. Incluye servicios restaurante al público.

561011 Servicios de restaurante y cantinas sin espectáculos.

561012 Servicios de restaurante y cantinas con espectáculos.

561013 Servicios de “fast food” y locales de venta de comidas y venta al paso.

561014 Servicios de expendio de bebidas en bares.

681010 Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares.

791102 Servicio minorista de agencias de viajes en comisión.

851010 Guarderías y jardines maternales.

854950 Enseñanza de gimnasia, deportes y actividades físicas.

880000 Servicios sociales sin alojamiento.

900011 Producción de espectáculos teatrales y musicales

900021 Composición y representación de obras teatrales, musicales y artísticas

900030 Servicios conexos a la producción de espectáculos teatrales y musicales

900091 Producción de espectáculos artísticos n.c.p

939030 Servicios de salas de bailes y discotecas y similares.