EXIMICIÓN DE LA CUOTA 5 DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA DETERMINADAS ACTIVIDADES

martes, 22 septiembre 2020

Mediante Decreto Nº 1666 se exime de la cuota 5 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, a todas aquellas actividades que sufrieron en mayor medida los efectos del aislamiento/distanciamiento preventivo, social y obligatorio. A dichas actividades, mencionadas en la Ordenanza Nº 3240, se le incorpora mediante este Decreto, la actividad de Transporte escolar. 

Listado de actividades beneficiadas: 

492130 Transporte escolar. 

551022 Servicios alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora. Incluye servicios restaurante al público. 

561011 Servicios de restaurante y cantinas sin espectáculos. 

561012 Servicios de restaurante y cantinas con espectáculos. 

561013 Servicios de “fast food” y locales de venta de comidas y venta al paso. 

561014 Servicios de expendio de bebidas en bares. 

681010 Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares. 

791102 Servicio minorista de agencias de viajes en comisión. 

851010 Guarderías y jardines maternales. 

854950 Enseñanza de gimnasia, deportes y actividades físicas. 

880000 Servicios sociales sin alojamiento. 

939030 Servicios de salas de bailes y discotecas y similares. 

VENCIMIENTOS 

De la misma manera, la Secretaría de Economía y Finanzas municipal, recuerda a los contribuyentes que este viernes 25 de septiembre, opera el vencimiento de la cuota 5 de las tasas de ABL y Seguridad e Higiene. 

PLAN REGULARIZACIÓN DE DEUDAS 

Asimismo, informar a la comunidad que hasta el 30 de septiembre se encuentra vigente el Plan de Regularización de deudas municipales, con importante reducción de intereses y con la posibilidad de abonar lo adeudado hasta en 36 cuotas.